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Como pagar impuestos en Estados Unidos siendo extranjero y dueño de una LLC.

Desmitificáremos cosas de entrada. ¿podría tener una empresa unipersonal (como se llama en USA) siendo extranjero? ¿Debo pagar impuestos en Estados Unidos siendo extranjero y dueño de una LLC?

Como extranjero, no podría. Necesita una LLC como mínimo.

Diferenciamos dos grande categorías, con declaración en Estados unidos y sin declaración en Estado unidos.

Si hacemos una LLC y la persona trabaja con productos físicos (como zapatos, bijouterie, casas, plantas, es decir que la mercadería es manipulable) no importa donde la persona esté, estará obligada a declarar y pagar impuestos Estados Unidos siendo extranjero. ¿Qué significa esto? que como persona física, a fin de año deberá hacer una declaración de ganancias llamada “Income Tax” y pagará de acuerdo a una tabla. Esta tabla, se actualiza todos los años y estará disponible para que cualquiera la pueda consultar.

Si bien USA no es un país con alta inflación, sigue habiéndola, y la tabla se actualiza de acuerdo a esto, según criterio, o según lo que el Congreso dictamine.

Entonces, a fin de año de acuerdo a las ganancias que haya tenido la persona, aplicará los valores de esa tabla y eso será lo que tendrá que pagar.

Otra pregunta que podría hacerse esa persona es ¿podré tener alguna deducción (esposa, hijos, etc)? La respuesta es no, como no residente no podrá deducir nada, deberá pagar lo que dice en esa tabla.

También sucede lo siguiente: en ese escenario, la persona además de vender zapatos en Estados Unidos, es Argentino. Allí es donde entra en juego el país de origen.¿Por qué? porque si la persona ganó $10.000 dólares anuales en USA, por reglamentación americana deberá pagar el 10%, pero en Argentina por haber tenido esa ganancia le tocará pagar el 30% por ejemplo. Entonces pagará el 10% en USA y debería declarar esa ganancia que tuvo allí, en Argentina.

Puede utilizar lo que ya pagó como un pago a cuentas, y pagar la diferencia en su país de origen, pero esto quedará a criterio de la persona que tendrá la empresa.

Pongamos otro ejemplo: si la persona gana $ 200.000,- dólares y la alícuota es de 30% en Estados Unidos, pero la persona es de Ecuador, y allí le indican que debe pagar el 10% entonces no debería pagar nada en Ecuador porque ya pagó en Estados Unidos.

En resumen, si la persona comercializa productos físicos en Estados Unidos estará sujeto con su LLC a la declaración de impuestos individual y a pagar según la tabla.

Por otra parte, tenemos el caso contrario: una persona tiene una agencia de marketing digital, es programador o da consultorías. Solamente hace publicidad o no y utiliza los instrumentos que le brinda Estados Unidos (bancos o métodos de cobro). Tiene clientes dentro y fuera de este país. Todo esto como persona individual, no como un estudio establecido en Estados Unidos. El criterio que utilizamos ahora, junto al estudio contable, es que esa persona no estará sujeta a impuestos en USA para ese tipo de actividades, que son un servicio que se produce en otro país y no importa a quien se venda. Esto no significa que este criterio no pueda cambiar a futuro. A menos que eso suceda, esta persona deberá tributar en su país de origen. Mientras este criterio continúe así, es lo que debemos saber.

Hay algunas empresas que trasladan el criterio de servicio a la comercialización a través de Amazon: como ellos no tocan el producto (lo toca Amazon), se hacen los tontos. Nosotros ni nuestro estudio nos prestamos a esto, ya que podría terminar mal tarde o temprano.

Entonces, si es un producto físico que se mueve en Estados Unidos, pagará sus impuestos aquí. Si es un servicio (como en el ejemplo) que se produce en otro país y se vende en Estados Unidos o en cualquier parte del mundo, no deberá pagarlos.

Ahora, ¿cómo va a pagar la persona que ofrece servicios? Eso depende de cada país. Por ejemplo, Ecuador pagará el 10%, en Argentina pagará el 30%, etc. Pero el que vende un servicio fuera de Estados Unidos, y no tiene una base operativa aquí por el tipo de actividad que realiza, no estará sujeto al impuesto a la ganancia, no deberá pagar Income Tax y no hay tabla que se aplique. Tampoco deberá pagar Sales Tax ya que no aplica para servicios.

Para seguir ejemplificando con el tema productos: si constituyo una empresa en los Estados Unidos y compro en China para mandar a Italia, y los productos no pasan por el territorio de Estados Unidos, no tendré que pagar Income Tax. Aún si el cliente lo paga en una cuenta bancaria de UAS, y luego lo pago al proveedor en Estados Unidos, pero la venta no toca el país, no estará sujeta a impuestos en Estados Unidos. Si a realizar una declaración informativa en todos los casos.

Ahora, si compro en China, la mercadería baja en Miami y desde allí lo mandó a Italia, el producto si ha estado y ha sido manipulado en territorio Estadounidense. Por lo tanto, deberá tributar en Estados Unidos por la diferencia entre venta menos costo de la mercadería, menos los gastos.

Deseamos que no quede ninguna duda.